El DNU 576/2022 cambia de estrategia para el relanzamiento del mecanismo de incentivos y la reorienta a los exportadores, para lograr la liquidación de divisas en el mercado de cambios, si bien en sus normas dispositivas, como veremos, existe una mixtura de objetivos más programáticos que operativos y normas complementarias con anexos ciertamente opinables por el confuso y defectuoso lenguaje jurídico normativamente aplicado.
Puede ensayarse que algunos aspectos e impactos fueron omitidos en la evaluación normativa, como el caso de subproductos de soja que abastecen al mercado local impulsando una corrección de la ecuación de cálculo por producto a través de una resolución ministerial.
También puede ensayarse que, de las normas vigentes sobre el Programa Incremento de Exportaciones hasta la fecha del presente artículo, revelan ciertas ventanas confusas; especialmente nos referimos a la “nota aclaratoria” del anexo de la res. 5/2022 de la SAGyP complementaria del DNU 576/2022.