FITOSANITARIOS Y RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, CIVILES Y PENALES

DIPLOMATURA SOBRE CUESTIONES AGRONÓMICAS Y JURIDICAS DEL SUELO Y EL AGUA
COHORTE 2021
Abog. Juan Carlos Acuña – Miembro de cuerpo docente. INTROITO DE CLASE DICTADA EN EL MARCO DE LA DIPLOMATURA SOBRE CUESTIONES AGRONÓMICAS Y JURIDICAS DEL SUELO Y EL AGUA ORGANIZADA POR LA FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (FECIC) FUNDADA POR BERNARDO HOUSSAY EN 1971 Y SU CENTRO PARA LA PROMOCIÓN DE LA CONSERVACIÓN DEL SUELO Y EL AGUA (PROSA) – COHORTE 2021

DERECHO AL AGUA POTABLE: EL ARSÉNICO, LOS MUNICIPIOS, LA PROVINCIA Y LOS DISTINTOS ESTÁNDARES DE LA OMS Y EL CAA.

(La Plata) La Provincia de Buenos Aires, según datos de Mapa (1) de presencia de arsénico inorgánico en el agua potable que consume la población, en algunas regiones o zonas, registran valores muy por encima de los valores indicados como aptos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 0,01 mg/lt, este valor contrasta con el valor (no actualizado de acuerdo a la OMS) del Código Alimentario Argentino (CAA) fijado en 0,05 mg/lt que recepta un valor marco anterior de la OMS. El agua potable de red y de buena calidad que registran valores por encima de 0,01 mg/lt para la OMS implicaría riesgo «para la salud», en cambio para el CAA es «normal» y no implicaría riesgo pues estaría en los 0,05 mg/lt. como tolerable.

Leyes de Ordenamiento Territorial y Ordenanzas Municipales de creación de zonas de exclusión y amortiguamiento para aplicación de fitosanitarios

se propone examinar Proyecto de reforma de 2012 al decreto reglamentario 499/91 de la Ley 10699 y reciente proyecto de ley con media sanción del Senado Bonaerense, en fecha 6 de julio de 2016, que pretendería llenar un vacío reglamentario de la Ley Provincial 10699 y su decreto reglamentario de un tema que, al momento de la sanción en la década del 80, no integraba la agenda pública ni la agenda política de entonces incorporando ejes de ordenamiento territorial global a nivel provincial para uniformar dispares criterios municipales, muchos de ellos cuestionados por bajo a nulo sustento científico tecnológico, pero recogidas por ordenanzas regulatorias en materia de “agroquímicos” que potencialmente podrían quedar atrapadas en un inapropiado contexto de discrecionalidad y arbitrariedad lesiva del ordenamiento jurídico positivo vigente.

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