REGIMEN JURIDICO DE LOS ORGANISMOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS.

Federico Iribarren y Juan Carlos Acuña Presentación de libro sobre el Régimen Jurídico de los Organismos Genéticamente Modificados – en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires – Centro de Derecho Ambiental (CEDAF) Anfitrionas Dra. Silvia Nonna y Dra. Leila Devia.
Este libro desarrolla el Régimen Jurídico de los Organismos Genéticamente Modificados desde las siguientes áreas:

Responsabilidad civil
Derecho alimentario
Aspectos agroambientales
Propiedad intelectual
Comercio exterior
Abarca los siguientes temas:

Cultivos genéticamente modificados
Biotecnología alimentaria
Organismos vegetales genéticamente modificados
Creaciones fitogenéticas
Agroquímicos y sus efectos en la salud, el medio ambiente y el agua
Etiquetado obligatorio de productos elaborados en base a transgénicos
Incluye análisis de:

– Tratados Internacionales

– Jurisprudencia

– Derecho Comparado

EL RÉGIMEN PARA LA PROMOCIÓN, DESARROLLO Y CONSOLIDACIÓN DE LA GANADERÍA OVINA Y DE LLAMAS EN ARGENTINA.

Por el carácter de la norma de fomento, promoción, incentivo, estímulos de beneficios económicos de subsidios o créditos para los sujetos que accedan al beneficio, la ley 25.422 no establecía monto anual, de aporte al fondo fiduciario; sí lo contemplan la ley 26.680 de 2011 y ley 27.646 de 2021, estableciendo un mínimo en pesos que dependerá de periódicas adecuaciones impuestas por la realidad económica argentina con una inflación endémica; para 2021 presupuestariamente se consignaba para el fondo fiduciario el 0,012% del presupuesto del orden global de $7.733. 816,7 millones, la participación porcentual, sobre total presupuestario, en 2011 representaba el 0,02% es decir que por la ley de 2021 se asignó un aporte porcentual presupuestario estatal del orden del 70% inferior al asignado en 2011.
Un aspecto que opera como desincentivo y que el Estado Nacional y provinciales tienen la facultad de morigerar es la alta presión tributaria general sobre toda actividad agraria y particularmente de sensible impacto en la producción ovina, ejemplo son el régimen del IVA con una alícuota general para compra de insumos para producir y contratación de servicios y una alícuota reducida al 50% para ventas de los productos ovinos generando distorsivos escenarios de saldos técnicos de compleja recuperación; a ello se suman los impuestos y tasas provinciales y/o municipales de alta incidencia, en los resultados económicos productivos, que el régimen original de la ley 25.422 eximía a los beneficiarios y que ha sido derogado por el nuevo régimen de la ley 27.646 como exigencia de adhesión de las provincias al régimen.

SECTOR AGRARIO Y DERECHOS DE EXPORTACIÓN EN PUNTO CIEGO

La noticia de la interposición de acción de amparo colectivo con objetivo impeditivo de percepción fiscal de derechos de exportación, llamados comunmente «retenciones» y presuntamente acción de repetición de la percepción de los derechos de exportación sobre operaciones agrarias desde el 1° de enero de 2022, promovida por la Sociedad Rural de Jesús María Córdoba junto con la Sociedad Rural Argentina (1) genera interrogantes sobre su progreso, mas allá de jurídicas cuestiones técnicas procesales y la naturaleza de la acción judicial promovida no puede obviarse que un pronunciamiento positivo y el tránsito de naturales apelaciones que podría llegar hasta la CSJN transita un contexto político particular y económico sensible en el marco de las negociaciones con el FMI.

REGIMEN JURÍDICO DE LOS ORGANISMOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS

«Un libro dedicado completamente al régimen jurídico de los organismos
genéticamente modificados (OGM) bien puede ser catalogado como un
libro de derecho agrario. Pero la importancia de esta obra no reside en su ubicación respecto a las distintas disciplinas internas en las que se estudia el derecho, sino en el aporte que realiza a una discusión aún pendiente o
hasta ahora realizada en forma parcial.
Se trata de un estudio de derecho agrario en cuanto definimos a éste como el sector regulador de una actividad, la agraria, que en el caso de la temática planteada, va a desarrollarse y va a ser modificada en tanto se realiza con variedades adaptadas para enfrentar algunos de los riesgos, inconvenientes o hándicaps, propios de las variantes no modificadas genéticamente. También, porque, como sabiamente expresara Antonino Vivanco, el objeto de la materia se complementa con la regulación de los bienes agrarios y, en este caso, nos encontramos con un bien agrario especial, que tiene una regulación propia, como el libro comentado pone en evidencia…» (Prólogo Dr Pastorino)

suelos agrarios bonaerenses y una endemica procrastinación estatal

El Estado Central despoja a los productores agrarios y Estado Provincial Bonarense, «los impuestos nacionales no coparticipables», a las provincias y que representan el 66,8 % del total de impuestos que afronta una hectárea agrícola bonaerense. que no retornan a la provincia. El instituto «patrimonio de afectación con fin determinado de
interés público» lo encontraríamos en la constitución de un Fideicomiso Público Bonaerense para conformar una Unidad Bonaerense de Gestión Integral de Suelos y Aguas, unidad desconcentrada, con un consejo de administración de integración público-privada, con patrimonio de afectación construido mediante porcentajes de las alícuotas de los impuestos rurales territoriales (inmobiliario y complementario) y porcentajes de las alícuotas del impuesto provincial a los ingresos brutos que tributa la cadena agraria desde el sistema agroproductivo

EL TRIGO Y LA SOJA HB4 Y LOS CUESTIONAMIENTOS A LA AGROBIOTECNOLOGÍA.

La agrobiotecnología moderna de la mano de la ingeniería genética afronta diversos frentes de reparos y oposiciones desde el imaginario social colectivo y de algunos sectores académicos muchas veces influenciados por cosmovisiones ideológicas más que por fundamentos científico – tecnológicos; a ello se agregan las naturales tensiones que los derechos

económicos de propiedad intelectual generan en la cadena de productos y
subproductos agrarios de fuente genéticamente modificada, cuestión que debe ser atentamente monitoreada para mitigar o eliminar mega concentraciones empresarias de producción construida sobre derechos económicos de propiedad intelectual exclusivos y excluyentes si bien temporalmente.

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