JUZGADO PENAL BONAERENSE JUVENIL DE MAR DEL PLATA DISPONE CAUTELAR PROHIBIENDO SIEMBRA DE TRIGO HB4

En fecha 1 de julio de 2022, época de siembra de cultivos invernales como el trigo, el Juez bonaerense Nestor Adrián Salas del Juzgado Penal Juvenil Nro.2 de Mar del Plata resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por Ariel Arisnabarreta y otros, si bien pertenecen e integran ONG ambientalistas, acudieron por derecho propio en «representación de sus hijos menores y las generaciones futuras» disponiendo la «prohibición temporal en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires del uso y liberación a cielo abierto de la variedad exótica de trigo modificado genéticamente…». Debe aclararse que todo trigo sea o no OVGM es exótico, no es originario de nuestro país y menos de la Provincia de Buenos Aires; el trigo es una variedad exótica adaptada por muchas generaciones; también que la «prohibición temporal» en realidad es, al menos, por un ciclo anual por el ciclo biológico natural del cultivo. En una primera aproximación resulta extraño que un Juez del fuero penal juvenil bonaerense tenga competencia material en el objeto pues básicamente su competencia jurisdiccional se encuentra en el marco de la ley 13.634 sobre el Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil a la luz de los estándares internacionales en la materia; en un primer análisis se trataría de una cuestión del fuero contencioso administrativo pues son actos administrativos, en el caso federales

JORNADA HOMENAJE EN MEMORIA DEL DR. GUSTAVO APESTEGUÍA – IDAA – CAP –

El tema de mi intervención, lejos de alumbrar verdades reveladas o magistrales, es sólo agendar descriptivamente (sin juicios definitivos de valor) temas que hacen referencia no sólo al derecho agrario, tema que integró algunos intercambios personales reflexivos que tuve el privilegio de compartir con Gustavo, nos unía una central preocupación por estimular el pensamiento crítico y el ejercicio metódico de la duda para discernir entre el orden jurídico del “deber ser” con la del orden “empírico” que la realidad económica, ambiental y social impone en un campo complejo de múltiples miradas. Nuestra época transita una aguda impugnación a la actividad productiva agraria (desde amplios sectores del pensamiento ecologista y de algunos sectores urbanos informados parcialmente) y como responsables del deterioro ambiental de suelos y aguas y como emisores de GEI.

SECTOR AGRARIO Y DERECHOS DE EXPORTACIÓN EN PUNTO CIEGO

La noticia de la interposición de acción de amparo colectivo con objetivo impeditivo de percepción fiscal de derechos de exportación, llamados comunmente «retenciones» y presuntamente acción de repetición de la percepción de los derechos de exportación sobre operaciones agrarias desde el 1° de enero de 2022, promovida por la Sociedad Rural de Jesús María Córdoba junto con la Sociedad Rural Argentina (1) genera interrogantes sobre su progreso, mas allá de jurídicas cuestiones técnicas procesales y la naturaleza de la acción judicial promovida no puede obviarse que un pronunciamiento positivo y el tránsito de naturales apelaciones que podría llegar hasta la CSJN transita un contexto político particular y económico sensible en el marco de las negociaciones con el FMI.

REGIMEN JURÍDICO DE LOS ORGANISMOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS

«Un libro dedicado completamente al régimen jurídico de los organismos
genéticamente modificados (OGM) bien puede ser catalogado como un
libro de derecho agrario. Pero la importancia de esta obra no reside en su ubicación respecto a las distintas disciplinas internas en las que se estudia el derecho, sino en el aporte que realiza a una discusión aún pendiente o
hasta ahora realizada en forma parcial.
Se trata de un estudio de derecho agrario en cuanto definimos a éste como el sector regulador de una actividad, la agraria, que en el caso de la temática planteada, va a desarrollarse y va a ser modificada en tanto se realiza con variedades adaptadas para enfrentar algunos de los riesgos, inconvenientes o hándicaps, propios de las variantes no modificadas genéticamente. También, porque, como sabiamente expresara Antonino Vivanco, el objeto de la materia se complementa con la regulación de los bienes agrarios y, en este caso, nos encontramos con un bien agrario especial, que tiene una regulación propia, como el libro comentado pone en evidencia…» (Prólogo Dr Pastorino)

Diplomatura a distancia en Derecho Alimentario y Agronegocios – UBA – 2021

Relevante propuesta de diplomatura de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires sobre Derecho Alimentario y Agronegocios – Producción de Alimentos – Consumo y Medio Ambiente – Fitosanitarios – Derecho Alimentario – La Agricultura en el Ámbito Internacional – Vitivincultura – Régimen Legal de la Pesca – Policía Sanitaria – Los Objetivos del Desarrollo Sostenible – Inocuidad y Calidad Agroalimentaria – Industria Azucarera – Sanidad de Bovinos para carne – Seguridad Alimentaria y Soberanía Alimentaria – Los alimentos y la cultura – Regulaciones alimentarias – Código Alimentario Argentino – Agregado de valor y nuevas tecnologías – Contratos agrarios – Seguridad Alimentaria en tiempos de Covid 19 –

ACUERDO DE ESCAZÚ, agroecología, bosques, quemas e incendios rurales y forestales.

La teoría agroecológica, tendencias en la recepción jurídica en normas nacionales e internacionales en la agricultura comercial intensiva y extensiva de cereales y oleaginosas Leyes de presupuestos mínimos de bosques cultivados, de bosques nativos, de quemas prescriptas en zonas rurales y sistema federal de manejo del fuego. El poder de policía de Nación y Provincias. Responsabilidad civil, penal, administrativa de propietarios y productores rurales ante los fuegos. El proyecto de prohibiciones con media sanción de diputados el 17/11/2020

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