CAMINOS RURALES BONAERENSES Y UNA ALTERNATIVA DE URGENTE IMPLEMENTACIÓN: PROMOVER LA DECLARACIÓN DE EMERGENCIA VIAL A NIVEL MUNICIPAL.

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CAMINOS RURALES BONAERENSES Y UNA ALTERNATIVA DE URGENTE IMPLEMENTACION: PROMOVER LA DECLARACIÓN
DE EMERGENCIA VIAL MUNICIPAL 

Por Juan Carlos Acuña

Se ofrece informe y anteproyecto de ordenanza municipal producido en marzo de 2016 que transcurrido dos años conserva dolorosa vigencia.

Se trata aquí de identificar cuáles son las normas jurídicas disponibles para resolver situaciones de emergencia en el ámbito municipal, normas que están vigentes y brindan un marco de absoluta legalidad a la delegación en particulares del servicio público municipal de atención vial rural; el principio de legalidad es sobre el que habitualmente se hace referencia para observar y objetar iniciativas legislativas municipales cuando en realidad encubren una legítima consideración de oportunidad, mérito o conveniencia de carácter y consideración política, sobre los cuales, el presente no tiene por objeto abrir juicio de valoración alguno.
El presente informe y borrador de anteproyecto de ordenanza municipal, que lo integra, reconoce como antecedente ágil y rápida iniciativa del Departamento Ejecutivo municipal de Carlos Tejedor materializada en una acción municipal de emergencia y bajo el principio de legalidad informado por las normas vigentes.
El servicio público de conservación y reparación de la red vial terciaria municipal bonaerense es una competencia municipal propia, en el caso de la red vial secundaria provincial de tierra es una competencia municipal delegada por la Provincia a los municipios por la ley 13.010 (t.o.) a través de sus artículos 2º y 3º por los cuales se crea el Fondo Compensador de Mantenimiento y Obras Viales con destino al mantenimiento y realización de obras de la red vial provincial de tierra y cuyos recursos, determinados en el porcentaje dispuesto por el inciso b) del artículo 1º, serán distribuidos, a los municipios, en proporción a la longitud en kilómetros de la red vial secundaria provincial de tierra de cada distrito.
Tal lo hemos compartido huelga referenciar la alta importancia del recurso en el municipio del interior bonaerense y es asumido, por autoridades y contribuyentes, que no todos los recursos provistos por el sistema de tasas y recursos provinciales afectados, se aplican como retribución del costo del servicio, la situación es pacíficamente aceptada consolidando un proceso social “contra legem” fundado argumentalmente por razones económicas financieras de los municipios bonaerenses ciertamente segregados de una justa coparticipación tributaria nacional y provincial.

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